El próximo 30 de julio entrará en vigor la nueva Ley20/2011 del Registro Civil que, entre otras, tendrá como consecuencia que el apellido del padre dejará de ir por defecto en primer lugar, pudiendo colocarse el de la madre.

En España ya era posible hacerlo desde 1999, pero para ello era necesario que ambos padres estuvieran de acuerdo y que remitieran un escrito al Juez Encargado del registro Civil, realizando su petición y mostrando su común conformidad. Pero, según nos explicó Anna Salort, especialista en Derecho de Familia de ABA Abogadas: «La nueva ley obliga a los padres a que en la solicitud de registro de un recién nacido en el Registro Civil, ya hagan constar en que orden prefieren que vayan los apellidos. Si prefieren que sea primero el de la madre, o al revés. Tienen un plazo de tres días para hacerlo, y en el caso de que no haya un acuerdo entre ellos, serán los propios funcionarios del registro quienes tomen la decisión».

Pero, ¿que criterios seguirán para ello? «La ley solo dice que se hará buscando el bien del recién nacido, pero eso es una expresión muy ambigua», nos explica Anna Salort. «Yo creo que se seguirán criterios bastantes simples, como el del orden alfabético de los apellidos. Pero la novedad es que ya no se colocará primero el del padre por defecto, como sucedía hasta ahora».

Otra novedad importante que aporta la nueva ley es que se podrá cursar la solicitud de registro de un recién nacido en el mismo hospital, ya que serán sus encargados quienes la remitirán al Registro Civil. «Era algo que ya se hacía en algunos hospitales, pero a partir de ahora será obligatorio en todos. Eso facilitará mucho las cosas a los padres», nos comentó la abogada.

Eso sí, según la nueva legislación, el orden que se elija para los apellidos al registrar al hijo primogénito de una pareja, es el mismo que seguirá con los demás hijos que nazcan. Es decir, que los apellidos del primero serán idénticos al resto, mientras no sean mayores de edad. Cuando ya hayan cumplido los dieciocho años, la ley permite que cualquier persona pueda cambiar el orden de sus apellidos, sin que su decisión afecte ya a los de sus hermanos.

Vicente Fernández López