Para quien no sepa de qué va el famoso litigio del derecho al olvido que hoy se dirime en Luxemburgo entre autoridades de medio mundo y asociaciones de internautas, de un lado, y buscadores (sobre todo Google), del otro, la cosa se resume fácil con un refrán: «Por un perro que maté me llaman mataperros».

Es decir, porque fuiste embargado o condenado por algún asunto sub iudice o, simplemente, porque alguien publicó una foto tuya en topless, ¿ya vas a tener que aparecer siempre en las búsquedas de internet como «el condenado» o «la nudista»? No son pocos los usuarios y organismos que piden que, acogiéndose al derecho de cancelación y oposición –que ampara a quienes quieren que sus datos no aparezcan o sean correctos en bases de datos de internet–, Google no muestre ciertos resultados que les «persiguen» toda la vida.

Google, por su lado, dice (muy resumidamente) que ellos simplemente se limitan a mostrar al usuario dónde encontrar información sobre la persona requerida, pero que no son responsables de los datos que haya colgados en esa web; y que si quieren que esos detalles personales desaparezcan, que se lo digan al propietario/editor de esa página para que los «descuelgue». Que ellos se limitan a enlazarla. Así que se niegan a dejar de «indexar» esas páginas. Y, en esas, la Audiencia Nacional española ha decidido pedir al Tribunal de Luxemburgo (UE) que fije criterio. Se trata de interpretar correctamente la Directiva 95/46/CE sobre datos personales y su libre circulación.

Hasta aquí, es fácil de entender la postura de unos y otros. Pero, por ejemplo, la Agencia de Protección de Datos española cree que el buscador (98% de cuota de mercado en España) «no es un mero vehículo de transimisión, sino que, para ofrecer resultados en sus búsquedas, recopila datos personales de servidores situados en España», y que por eso, debería atender las peticiones de los usuarios «que consideran que esas informaciones pueden ser lesivas para sus derechos», añade. Pero Google, solo en España, ya se ha negado a acceder a los requerimientos de al menos 180 peticiones de «olvido». Por eso han llegado a los tribunales internacionales.

Siguiendo el pimpón de argumentos, la compañía de Mountain View repone que omitir los resultados de cualquier cosa sin discriminación es una lesión al derecho a la información de cada ciudadano. El problema quizá no es tanto que el robot encuentre esa web con una sentencia o una foto desagradable, sino en qué puesto coloca ese resultado. Si ninguna otra noticia o elemento sobre la vida de la persona que se busca ha tenido mayor relevancia desde entonces (hay un ciudadano que trata de lograr que se suprima de las búsquedas un artículo de archivo de La Vanguardia de hace décadas donde se le asociaba a un embargo con subasta), el buscador sigue recomendando esa página.

Dicho de otro modo: ambos tienen razón porque es cierto que ese señor estuvo involucrado en el hecho jurídico, pero quizá no es muy fidedigno que eso sea lo primero que se sepa de él. Es algo que piden también muchos condenados por casos diversos que ya han pagado sus cuentas con la ley.

Tampoco es que haya barra libre de peticiones; en la 33 Conferencia Internacional de Autoridades de Protección de Datos y Privacidad de 2011, el representante la Agencia de Protección de Datos coincidió con su homólogo mexicano en que se estudia caso por caso qué omisiones pedir. Pero el enviado de Google, su Consejero de Privacidad Global, Peter Fleisher, dijo que «el derecho al olvido es retórica política».

En cambio, las redes sociales son mucho más proclives a atender este derecho a que no se sepan ciertas cosas del pasado porque precisamente viven de administrar la información privada de forma segura; dicho de otro modo: si Facebook o Tuenti dejaran ver fotos de sus usuarios a personas que no son amigos de ellos, ¿dónde estaría la necesidad de aceptar o no su amistad?

De hecho, toda página web tiene que estar programada si quiere dejar entrar al GoogleBot para que fisgue y recopile información. Así que las redes sociales no dejan a Google y demás buscadores que indexen sus páginas. Solo los usuarios de la red social pueden realizar una búsqueda interna, y aún así no se muestra más que lo imprescindible.

Redacción QUO