Esta mañana, los trece ministros que conforman el nuevo gobierno de España han jurado sus cargos, aunque algunos como Soraya Sáenz de Santamaría, han optado por la fórmula de la promesa. Pero, ¿existe alguna diferencia real entre ambas? A nivel práctico y legal, ninguna.

El juramento se define como el ofrecimiento solemne que hace una persona de cumplir con rectitud y fidelidad un determinado deber, empleando para ello una fórmula fija. Lo habitual a lo largo de la historia ha sido jurar sobre la Biblia poniendo a dios como testigo, pero se puede hacer también invocando al rey, a la patria o a cualquier poder superior. En cambio, la promesa no requiere la invocación del aval de ningún poder divino o humano, y es la propia persona la que se compromete a cumplir con lo pactado. Aunque, durante mucho tiempo, lo habitual fue prometer por el propio honor.

La RAE considera que el juramento y la promesa son términos sinónimos. Y la realidad viene a darle la razón, al menos en el terreno legal. La persona que ocupa un cargo público queda igualmente comprometida al cumplimiento de sus obligaciones, tanto si lo jura como si lo promete. Y las consecuencias penales que se pudieran derivar de la ruptura de un determinado juramento (por ejemplo, en el caso del testigo de un juicio que se hubiera comprometido a decir la verdad), serían las mismas en el caso de haber jurado que de haber prometido.

Con todo, lo normal en la historia de nuestro país ha sido usar la fórmula del juramento solemne. Procede del derecho romano, donde ya existía esa fórmula. Así, el historiador Tácito cuenta que el Senado ya hacía jurar a los nuevos Magistrados que no recibirían prebendas de ningún tipo. Y, según relata, juraban por los dioses, por personas o incluso por objetos. Esa fórmula, aunque adaptada a jurar por Dios, pasó a la península ibérica a través del Fuero Juzgo, el código legal de la monarquía visigótica.

La fórmula de jurar por Diosse mantuvo con algunas ligeras variaciones durante toda nuestra historia, salvo en el período de la II República, cuya constitución estableció que: «El Presidente de la República prometerá ante las Cortes solemnemente reunidas, fidelidad a la República y a la Constitución».

En el resto del mundo son muchos los países en los que está instaurada la fórmula de jurar los cargos públicos, tal y como se hace en Bélgica, Suiza, Portugal, Estados Unidos, Filipinas, Venezuela, Canadá, Egipto, Israel… Pero hay otros en los que ese ritual no existe. Francia es uno de ellos.

Aunque estemos acostumbrados a escuchar o leer en las noticias que los presidentes galos como Sarkozy u Hollande han jurado sus cargos, en realidad tanto los presidentes de la República Francesa como sus primeros ministros, lo que hacen es participar en una ceremonia de investidura durante la que firman los documentos que acreditan sus cargos. Pero no pronuncian ninguna fórmula solemne similar a la de nuestro juramento o promesa.

Vicente Fernández López