El concepto tradicional de familia está cambiando en todo el mundo. En algunos lugares más lentamente que en otros. Y la ciudad de Nueva York es una de las que ha tomado la iniciativa, ya que acaba de acordar ampliar la definición legal de paternidad y maternidad, para que incluya también a personas que no tengan ningún vínculo biológico o adoptivo con los menores de edad a su cargo.

Pero, que nadie se asuste. Esta resolución histórica no significa que vayan a nombrarnos padres de un niño simplemente por acercarnos a él. En realidad se trata de un fallo de la Corte de Apelaciones de Nueva York, en respuesta a un pleito entre dos mujeres lesbianas que, tras separarse, reclamaban la custodia del hijo con el que vivían. Pero, se daba el caso de cuando decidieron ser madres, en 2006, aún no existía la ley de matrimonio igualitario en la ciudad de los rascacielos. Por ese motivo, solo se reconocía como madre a la mujer que había gestado al hijo.

Ahora, tras el fallo judicial, se le reconocen a la que fue su compañera los mismos derechos que a la madre biológica. Esta resolución va a tener una repercusión muy importante en las parejas formadas por personas del mismo sexo, pero su alcance es más extenso, y reconocerá los derechos paternos o maternos, a cualquier persona que demuestre que acordó criar a un hijo en común con su pareja, aunque no tenga ningún vínculo biológico con el menor, o no participara legalmente en el proceso de adopción. Siempre, claro está, que no existan ya un padre o una madre legalmente reconocidos. Es decir, no se podrá reclamar ningún derecho de visita sobre los hijos que tu pareja tuvo de una relación anterior.

Fuente: http://www.popsci.com/definition-parent-is-changing

Vicente Fernández López